lunes, 16 de julio de 2012

Cuando la ley se hace justicia


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Por décadas, la promesa contenida en el reconocimiento legal de los derechos humanos ha sido inalcanzable para las mayorías excluidas en México, y especialmente para los pueblos y comunidades indígenas. Los derechos expresados en los instrumentos legales no han sido una realidad para quienes viven y mueren lejos de las esferas del poder; en demasiadas ocasiones, han sido expresiones huecas para adornar los discursos demagogos de ayer y hoy.

Frente a esta realidad, la lucha y la movilización social han sido siempre la respuesta de los oprimidos. Los derechos reconocidos en la ley pero negados en la realidad se exigen en la calle y en la plaza; en la interpelación valiente a los gobernantes que a una sola voz resuena cuando los oprimidos ejercen su derecho a protestar.

Esa tradición de exigencia de derechos y ejercicio de ciudadanía contestataria no ha perdido vigencia. Menos en Guerrero. Las comunidades indígenas y campesinas de esta entidad suriana saben que frente a la arbitrariedad de los gobernantes y la indiferencia de quienes aplican la ley, demandar los derechos por medio de la movilización sigue siendo la principal garantía de su cumplimiento.

Pero frente a esta herencia de movilización, brotan en estas tierras guerrerenses otras experiencias que complementan y apuntalan a las luchas populares y organizativas. Una de estas expresiones es la concerniente al uso estratégico y contrahegemónico de los tribunales y del derecho como herramienta de la lucha social.

Se trata de un fenómeno paradójico. Por un lado, los sectores empobrecidos desconfìan de la ley; han sufrido muchas veces su aplicación y han visto muy a menudo que en México la balanza de la justicia siempre se inclina al mejor postor. Los jueces y las juezas son para los excluidos figuras anónimas y lejanas que con regularidad fungen como meros amanuenses del gobernante en turno, auxiliados por oficiales judiciales siempre deseosos de aceitar la maquinaria judicial con los podridos frutos de la corrupción. Sin embargo, y es aquí donde la contradicción surge, los de abajo también han aprendido que el lenguaje y las formas del derecho revisten de legitimidad las exigencias de los diversos sectores sociales por lo que en el presente son otro arena de combate.

De ahí que cada vez con más frecuencia las luchas sociales complementen la movilización recurriendo a las formas jurídicas para enarbolar sus demandas en el lenguaje de los derechos, sin dejar de desconfiar en la ley y sus operadores. Estratégicamente y de una manera que desafía la concepción hegemónica del derecho, pueblos y comunidades acuden de vez en vez a los tribunales para buscar lo que éstos deberían procurar pese a que en nuestro contexto resulte casi utópico: la justicia.

Es en las ocasiones en que los más marginados recurren a los tribunales y obtienen protección cuando la ley es justa y, de esa manera, atisbamos esa utilidad social de la institucionalidad jurídica que los poderosos del país han pisoteado y mancillado en perjuicio de los sectores empobrecidos a lo largo de nuestra historia.

Dos ejemplos recientes muestran cómo los pueblos y las comunidades luchan también en los tribunales para hacer valer sus derechos, en procesos emblemáticos de justiciabilidad de los derechos humanos.

Por un lado, el reciente triunfo de los campesinos opositores al Proyecto Hidroeléctrico La Parota, articulados entorno al CECOP que una vez más demostraron ante los tribunales tener la razón y el derecho de su lado. Apenas hace unos días, el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito ratificó el punto final al proyecto hidroeléctrico La Parota al negar el amparo promovido por un grupo minoritario de comuneros en contra de la resolución emitida por el Tribunal Unitario Agrario (TUA) Nº 41 con sede en Acapulco, en la que se declaró la nulidad de la Asamblea con la que se pretendió imponer la construcción del Proyecto Hidroeléctrico La Parota.

Como es sabido, el 18 de abril de 2011 ese Tribunal Unitario Agrario declaró nula la Asamblea llevada a cabo en el Núcleo Agrario de Cacahuatepec el 28 de abril de 2010, considerando que la misma estuvo afectada de graves irregularidades. Después de que fuera dictada esta resolución, un grupo minoritario de supuestos comuneros promovió una demanda de amparo en contra de dicha resolución, la cual se turnó al mencionado Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa. Tras analizar el caso, el Tribunal Federal confirmó la nulidad de la Asamblea.

La decisión unánime de los magistrados federales viene a confirmar lo que han señalado instancias de la Organización de las Naciones Unidas tan relevantes como el Relator sobre derechos de los Pueblos Indígenas, el Relator Especial sobre el Derecho a la Alimentación, y el Relator Especial sobre la Vivienda, acerca de las múltiples irregularidades en las asambleas comunales y ejidales convocadas acerca del proyecto La Parota. De ese modo, la resolución confirma que el proyecto La Parota es legal, ambiental y socialmente inviable.

Ante la tosudez de los gobernantes que a toda costa pretenden imponer una visión del desarrollo en la que lo único que se desarrolla son las fortunas personales de empresarios y políticos, el proceso de resistencia contra el Proyecto La Parota ha encontrado un asidero relevante en la defensa jurídica y en la correcta aplicación de la ley por parte de jueces y magistrados. Es de esperarse que las autoridades estatales y federales entiendan, de una vez por todas, que su terca pretensión de allanar el camino para el despojo de las tierras campesinas sólo conseguirá seguir evidenciando su actuar ilegal pues la mayoría opositora resistirá y los tribunales volverán a exhibir las irregularidades cometidas; en este sentido, la actuación de la Procuraduría Agraria ante el inminente relevo del Comisariado de Bienes Comunales será atentamente monitoreada tanto a nivel nacional como internacional, pues es largo su historial de incumplimiento de la ley.

Pero no sólo en la resistencia de los opositores del Proyecto La Parota se pone de manifiesto el uso del derecho como herramienta de lucha. En Guerrero se registran otros procesos donde las instituciones jurídicas son puestas a prueba por las comunidades indígenas que desafían la con acciones legales la racista indiferencia gubernamental.

En un hecho sin precedentes, la comunidad indígena Me’phaa de Buena Vista, municipio de Atlixtac, Guerrero, presentó una demanda de amparo para exigir el acceso a la educación básica y ésta, en un acontecimiento también inédito, fue admitida por el Juez Primero de Distrito en el Estado, bajo el número de expediente 893/2012.

En la Comunidad de Buena Vista se presentan las condiciones que hacen de la Montaña de Guerrero una de las regiones con mayor rezago educativo del país. Los niños y las niñas deben caminar más de 6 kilómetros diarios para recibir educación preescolar; en la actualidad, cerca de 30 niños y niñas de entre 3 y 6 años no accedan a la educación inicial, como es su derecho. Por ello, en esta comunidad Me’phaa de la Montaña de Guerrero cobran vida dramáticamente las palaras del Relator sobre el Derecho a la Educación de la ONU: “la gente pobre acaba por recibir una educación pobre”.

A lo largo de casi 10 años la Comunidad de Buena Vista ha presentado infructuosamente múltiples solicitudes ante la Secretaría de Educación del Estado de Guerrero para demandar la fundación de un Centro de Educación Preescolar Indígena. No obstante, la Secretaría ha ignorado estas solicitudes de manera reiterada.

La demanda presentada por la comunidad de Buena Vista es de gran trascendencia, no sólo porque constituye el último recurso legal con que cuentan los niños y las niñas de esta comunidad para acceder a la educación, sino también porque pone a prueba las recientes reformas en materia de amparo y derechos humanos para exigir judicialmente los derechos sociales de las comunidades indígenas en México.

Por lo pronto, la demanda ya fue admitida y generó sus primeros impactos. De manera un tanto atropellado, fncionarios de la Secretaría de Educación del estado de Guerrero salieron a decir que el próximo año escolar comenzaría a funcionar en Buena Vista un nuevo preescolar. Las mismas autoridades que por años ignoraron a la comunidad aduciendo razones burocráticas, de un día para el otro –acicateados por una demanda- dejan de lado en su totalidad la mentalidad de oficinistas y anuncian la pronta construcción de la escuela como si se tratara de un truco de magia para niños. No saben que la comunidad llevará hasta sus últimas consecuencias el juicio para garantizar su derecho con todas las formalidades y mostrar cómo la desidia gubernamental de ese aparato burocrático sin mística que es la Secretaría de Educación de Guerrero mantiene en el rezago educativo a los pueblos indígenas.

Los comuneros de La Parota y los hombres y mujeres de Buena Vista saben que no deben esperar mucho de la órganos jurisdiccionales. Cargan sobre sus hombros campesinos experiencias acumuladas de discriminación legalizada, de injusticia disfrazada de derecho. Por eso, saben que sólo la organización y el fortalecimiento comunitario protegerán en el largo plazo sus derechos. Pese a ello, con arrojo y con visión recurren a los tribunales y al derecho desafiando los tradicionales límites del acceso a la justicia.

El derecho y los tribunales se muestran, así, como otro campo de lucha en el proceso guerrerense. Sin que esta realidad nos lleve a la ingenuidad legalista que ve en la normatividad vigente la solución de todas nuestras enfermedades sociales, alimenta la esperanza que las comunidades campesinas e indígenas hagan despertar de su letargo a las instituciones que deberían estar a nuestro servicio. Por eso, cabe señalar a modo de cierre, es también fundamental que abogados como nuestro compañero Vidulfo Rosales Sierra, que han puesto el derecho al servicio de la gente, puedan volver a Guerrero para seguir abriendo con los pueblos la estrecha puerta de la justicia; para que la ley, remontando nuestra historia de corrupción y abuso legalizado, sea por fin justa.

jueves, 14 de junio de 2012

Rosa López: la triple dignidad de una mujer presa en Chiapas

Fuente: Carmela Dumange Y Jaime A. Marroquín/Desinformémonos 14 junio 2012

Desde su detención en el “pueblo mágico” de San Cristóbal de las Casas, Rosa ya era culpable: lo único que hacía falta era tortura física y sexual aplicada en la medida “justa y necesaria” hasta que la respuesta fuese la que los policías querían escuchar

Rosa López Díaz es mujer, pobre e indígena tzotzil; sin saberlo, nació con la marca de eso que se conoce como “la triple marginación”. Cuando el simple accidente de nacer se hace en condiciones de ciudadana de segunda clase, no es difícil que el simple hecho de vivir se convierta en un delito. Rosa fue detenida el 10 de mayo de 2007 junto con su esposo Alfredo en el “pueblo mágico” de San Cristóbal de las Casas, ciudad mundialmente conocida por sus atractivos turísticos; entre ellos se encuentra una vasta cultura indígena, la cual es convertida en mercancía, exhibida y puesta a la venta en tiendas y museos.

Ello genera grandes ganancias económicas de las cuales nada, o muy poco, llega a las comunidades y pueblos originarios. Como podrán observar, ya empezamos con grandes contradicciones e hipocresías. En el momento de la detención, los agentes jamás se identificaron; la detención se realizó sin orden de aprehensión y con lujo de violencia, tanto Rosa como su esposo fueron golpeados. En reiteradas ocasiones les solicitaron a los agentes que se identificaran, que les comunicaran el motivo de la detención y que les fuese mostrada la orden de aprehensión. La respuesta ante esa demanda fue que Alfredo acabara con una pistola apuntando a su cabeza. Rosa fue trasladada en una camioneta, esposada de pies y manos y con los ojos vendados; en algún momento del recorrido bajaron a Alfredo del carro -en lo que él piensa que es una montaña, ya que le era imposible ver-, a ella la dejan en la camioneta. Empezaron a golpearlos a los dos, mientras les preguntaban una y otra vez: “¿Dónde tienen secuestrada a la muchacha?”. Los golpes eran constantes; ella les decía una y otra vez que no sabía de que le estaban hablando, hasta que en un momento le dijeron: “No te hagas pendeja, sabes muy bien de qué te estamos hablando, ¿dónde tienes a Claudia Estefanía?”. Sorprendida ante esta respuesta Rosa, les contestó: “Pues en su casa, ¿no?” Parece que ésta no era la respuesta que ellos querían escuchar, porque a partir de este momento, la violencia aumentó. Los subieron de nuevo a la camioneta y se sucedieron varios traslados.

A pesar de estar todo el tiempo con los ojos vendados, lograron identificar la bodega donde guardaban la ropa y los complementos que vendían en diferentes comunidades como forma de ganarse la vida; su domicilio particular y un tercer sitio que únicamente aciertan a decir que es grande, muy grande. Ahí empezó de nuevo el interrogatorio; preguntaban insistentemente por el paradero de Claudia Estefanía y ella les decía que no sabía dónde estaba, que seguramente estaría en su casa. La torturaron poniéndole una bolsa de plástico en la cabeza mientras le colocaban un trapo mojado en la boca con la intención de provocarle asfixia; sólo le quitaban la bolsa para repetirle la pregunta. Después, la pararon y empezaron a darle puñetazos en el vientre; ella les dijo que no le pegaran ahí porque estaba embarazada de 4 meses; uno de ellos le dice que lo mejor que le puede pasar es que aborte a ese “bastardo” porque “seguro va a ser igual que tú, un delincuente”.

El objetivo era claro y los golpes y torturas buscaban una cosa: “hasta que digas lo que nosotros queremos que digas, no te vamos a dejar de golpear”. Le volvieron a colocar la bolsa en la cabeza; varios de ellos la golpeaban con patadas y un palo de madera mientras se encontraba tumbada en el piso. La trasladaron a un cuarto de la casa donde había más personas; la desnudaron completamente de la cintura para arriba y empezaron a tocarla por todo el cuerpo amenazándola con que la iban a violar. Rosa lloraba y pedía que no le hicieran nada, que estaba embarazada, que no sabía nada de lo que le estaban diciendo y que no les podía mentir: “¿Cómo voy a decir algo que yo no he hecho?”. La tiraron al piso y mientras entraban y salían diferentes personas del cuarto, uno de ellos se colocó encima de Rosa. Es en ese momento que no aguantó más y les dijo: “No, por favor, no me violen. Sí voy a decir lo que ustedes quieran”. Ese fue su interrogatorio y así le fue tomada su declaración, sin ningún tipo de garantía para su seguridad física, psicológica o jurídica, sin presencia de un juez o de un abogado, sin defensa y sin ningún tipo de legalidad.

Desde su detención, Rosa ya era culpable: lo único que hacía falta era tortura física y sexual aplicada en la medida “justa y necesaria” hasta que la respuesta fuese la que querían escuchar. Le dijeron lo que tenía que declarar: que fue planeado con su esposo y que pedían un rescate de 800 mil pesos. Grabaron su declaración autoinculpatoria, le hicieron firmar varias hojas en blanco y le dijeron que con eso ya podría quedar en libertad. La llevaron a otro cuarto donde se encontró con Alfredo; la primera reacción fue de sorpresa y de alegría, ya que llegó a pensar que lo habían matado. De ahí los trasladaron al Ministerio Público a lo que Rosa define como “una celda fría y sucia”, donde permanecieron 72 horas. En esa celda es dónde Rosa y Alfredo se encontraron y pudieron hablar por primera vez desde el momento de la detención, y donde ella pudo empezar a entender lo que estaba pasando. No se trata de juzgar las costumbres de los pueblos, no se trata de decir si es correcto o no, pero cierto es que muchas veces las parejas deciden escaparse juntos en lo que se conoce como “robarse a la novia”; las circunstancias económicas, la negación de los padres a la relación, o simplemente la impaciencia de la pareja por estar juntos, hace que decidan emprender la aventura de “escapar” juntos.

Es una práctica común y habitual entre los pueblos, en la que el castigo al “raptor” es casarse con la “raptada”, con lo que el objetivo estaría cumplido y en el contexto comunitario la pareja será socialmente aceptada a partir de ese momento. Y eso era exactamente lo que estaba pasando. Juan, el primo de Alfredo, le pidió ayuda a éste para ir a buscar a su novia, Claudia Estefanía, a lo que Alfredo accedió. Rosa no era conocedora de esta relación, como ella misma dice: “cosas de hombres”. Además, esta situación tenía todavía un asunto que era más de fondo, en propias palabras de Rosa: “El tío de mi ex marido se había molestado porque yo me había vuelto a juntar, con Alfredo, y luego el primo de mi marido se roba a su hija; entonces ya fue que nos demanda por secuestro.” Antes de su relación con Alfredo, Rosa tuvo otra relación en la que fue víctima de violencia machista, sufrió golpes, maltrato y abandono hasta que ella decidió poner fin a la relación. Pasado un tiempo, decidió rehacer su vida con Alfredo e intentar ser feliz, algo que su ex marido y su familia no le perdonan. Ese es su primer “delito”: no conformarse con el maltrato, no agachar la cabeza ante los golpes y el abandono y sentirse merecedora de un poco de felicidad y estabilidad. El segundo delito es que el primo de Alfredo y la hija del tío de su ex marido decidieran hacerse novios, algo que los novios sabían que jamás sería aceptado por él. En ese momento, Rosa tuvo consciencia de qué era lo que estaba pasando y de la magnitud de su situación.

Cuando la sacaron de la celda para ratificar su declaración, ella dijo que no acepta los hechos; le manifestaron que ya lo había declarado y que sólo le quedaba aceptar lo que ya había dicho. Convencida de que era la única manera de salir de aquella situación, puesto que le dijeron que una vez hubiera declarado sería puesta en libertad, procedió a ratificar la confesión. Rosa nunca tuvo acceso a un traductor que conociera la lengua y las costumbres tzotziles; su abogado de oficio sólo hizo acto de presencia un momento durante la declaración; le leyeron unos documentos que no entendió; en ningún momento recibió atención médica tras la tortura física y psicológica, aunque había manifestado que estaba embarazada y que le habían golpeado en el vientre, ni se le efectuó ninguna prueba que pudiera constatar si le habían producido daños al feto. Después de ratificar su denuncia, Rosa fue trasladada al Centro de Readaptación Social (Cereso) número 5 de San Cristóbal de las Casas, acusada de secuestro, y donde después de 14 meses sería sentenciada a 27 años, 6 meses y 17 días de prisión. A los cinco meses de ingresar en prisión nació Natanael, primer hijo de Rosa y de Alfredo, con parálisis cerebral, con toda seguridad a causa de la tortura.

Al momento del nacimiento nadie detectó su enfermedad; la primera noche que pasó en prisión junto a su madre después del parto, sufrió la primera insuficiencia respiratoria que casi le produce la asfixia. Fue trasladado al hospital donde le dijeron que no tenía nada, que como nació pequeño no aguantaba el frío de la celda donde estaban y le aconsejaron que sería mejor si algún familiar se pudiera hacer cargo de él. En ese momento, la trabajadora social del Cereso le dijo que no podía ser, que tenía que regresar y hacer el papeleo correspondiente. A los varios días el niño fue visitado de nuevo por el médico de la prisión, que ratificó el diagnóstico y le aconsejó ponerlo al sol cuando fuera posible. A los cuatro meses, lo volvió a revisar el doctor y le encontraron “una bolita” en la columna. Esta “bolita” significaba que la columna vertebral de Natanael se fracturó a causa de la tortura estando todavía en el vientre materno y esto le había producido la parálisis cerebral. Ante esta situación, Rosa y Alfredo decidieron pedirle a la mamá de ella que se hiciera cargo del bebé, pensando que estando fuera contaría con mejores oportunidades de ser atendido y de que se pudiese curar. Hicieron todo lo que estuvo en sus manos para que pudiera recibir una atención médica, que pudiera ser revisado y diagnosticado, pero eso nunca fue posible, jamás lo consiguieron. El 26 de octubre de 2011, Natanael falleció, a los cuatro años, en los brazos de su abuela, después de vagar de hospital en hospital toda la noche por falta de atención médica. Dice Rosa que su hijo “murió muerto en vida a los cuatro años y quince días. Está descansado pero eso no deja de doler, porque como quiera, aunque mi hijo esté enfermo, yo lo quería mucho y no quería que se muriera. Tenía yo las ganas que si un día Dios me regalaba la libertad, poder cuidarlo yo misma. Pero ya no se pudo.”

A Rosa le informaron de la muerte de su hijo días después del fallecimiento. No pudo despedirse de su hijo, ni participar en los rituales de despedida fundamentales para poder realizar el duelo: ya había sido enterrado. La dirección del Cereso le negó el permiso necesario para salir a ver la tumba de su hijo, llevarle una cruz y unas flores; al día de hoy, Rosa todavía no ha podido ir a llorar a su hijo al lugar dónde está enterrado. El motivo de la negación de las autoridades penitenciarias fue la peligrosidad de Rosa y el riesgo de fuga. Rosa es peligrosa porque sigue en pie, porque a pesar de todos los momentos duros que la vida le ha deparado, ella sigue decidida a luchar, a no rendirse, a no agachar la cabeza. Es adherente a la Sexta Declaración de la Selva Lacandona y está organizada junto a los Solidarios de la Voz del Amate. En el momento de la muerte de su hijo llevaba 35 días de ayuno exigiendo su libertad y la de sus compañeros.

Esta lucha continúa en la actualidad y es acompañada en ella por su esposo Alfredo (sentenciado a 29 años por secuestro), el primo de su esposo Juan Collazo (sentenciado a 37 años por secuestro y violación) y su hijo Leonardo de tres años, quien nació al mes de ser notificada de su sentencia, condenado a vivir en prisión por el delito de poder estar cerca de sus padres. En días recientes, Rosa fue operada de una hernia inguinal, después de varias denuncias por la falta de atención médica dentro del penal. Durante su convalecencia en el hospital no le permitieron recibir visitas. Ya se encuentra nuevamente en el Cereso 5 acompañada por Alfredo, el pequeño Leo, sus amigos y compañeros. Ella no se ha conformado con ese papel de “ciudadana de segunda clase” que la sociedad tenía reservado para ella. Le han robado la libertad pero no la voz y la dignidad con la que denuncia las violaciones a los derechos humanos que sufren las presas día con día. Rosa es un ejemplo de fortaleza; saber de su historia, escuchar su testimonio, a cualquiera nos haría pensar en tirar la toalla, pero ella no lo ha hecho en ningún momento. Su ilusión, su esperanza en la vida, la fuerza de su mirada cuando te ve aparecer los domingos en las visitas y te sonríe, dicen mucho más que todas las palabras que se puedan escribir de y sobre ella. Rosa López Díaz es mujer, pobre e indígena tzotzil; sin saberlo, nació con la marca de eso que se conoce como “la triple dignidad”.

jueves, 24 de mayo de 2012

Carta de Patishtan: la alimentación en el penal violenta la costumbre

A LA OPINIÓN PÚBLICA A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN ESTATAL, NACIONAL E INTERNACIONAL A LOS MEDIOS ALERNATIVOS A LOS ADHERENTES DE LA OTRA CAMPAÑA DEL EZLN A LA SEXTA INTERNACIONAL A LAS ORGANIZACIONES INDEPENDIENTES A LOS DEFENSORES DE LOS EDREHOC HUMANOS ONGS NACIONAL E INTERNACIONAL Estado privado de mi libertad injustamente a más de una decada he tratado en conservar en todo momento mi esencia indigena cosa que no ha sido tan facil, actualmente parece ser ya cosa imposible al estarse imponiendo en mi costumbre que no solo denigran mi dignidad de ser Humano sino empiezan a atentar contra mi salud por medio de una alimentacion, que si bien es sierto para muchos podría ser un privilegio, en mi persona rompen los habitos que mi etnia ha tratado de mantener por siglos. Actualmente el regimen alimenticio al que me tiene sometido la autoridad federal penitenciaria contra mi Voluntad redunda en un tormento más al que estoy sometido como consecuencia de la injusticia que prevalece en torno a mi situación legal. Una vez más pido al presidente de la república Felipe Calderón Hinojosa el respeto de mis derechos, al mismo tiempo exigimos Nuestras libertades inmediatas de la Voz del Amate, solidarios de la Voz del Amate y Voces inocentes. Respecto a esta Violación de mi dignidad invito a todo México y a la comunidad internacional a sumarse del reclamo de justicia y libertad. FRATERNAMENTE “la VOZ DEL AMATE” Adherente de la otra Campaña, Preso Politico Alberto Patishtan Gómez Desde el Norte del País México, Cefereso No. 8, Guasave Sinaloa a 24 de Abril del 2012 Ir a la fuente: http://chiapasdenuncia.blogspot.mx/2012/05/carta-de-patishtan-la-alimentacion-en.html

viernes, 27 de abril de 2012

Entrevista a Thomas Antkowiak Director Clínica de Derechos Humanos Universidad de Seattle


April 2012 Bar Bulletin
SU Human Rights Clinic Secures Prisoner's Release
By Katherine Hedland Hansen

Five years ago, Seattle University School of Law Prof. Tom Antkowiak was in Chiapas in southern Mexico doing migrants' rights work with a Mexican attorney, Ricardo Lagunes-Gasca, and human rights organizations when he first heard about the case of Ananías Laparra-Martínez.

Antkowiak learned that Chiapas police had illegally detained Laparra-Martínez in 1999 and beat him severely. They tortured his 14-year-old son in front of him and menaced his 16-year-old daughter with rape, all with the acquiescence of government prosecutors. Under this extreme duress, he was forced to sign documents confessing to a murder he did not commit.

Three family members were similarly coerced into signing corroborating declarations. Despite informing the presiding judge of these reprehensible tactics, no torture was investigated. Laparra-Martínez was convicted of murder on the basis of the illegally obtained and completely false declarations, and sentenced to more than 28 years in prison.

"After Ricardo and I examined the documents, it was clear that it was another case of tortured confession - a tactic sadly common in Mexico," said Antkowiak, who teaches the International Human Rights Clinic at Seattle University School of Law.

Today, Laparra-Martínez, 64, is a free man, thanks to the work of the clinic and its partners. The Mexican federal government representatives and officials from the state of Chiapas released Laparra-Martínez from prison in February. He had been incarcerated for more than 12 years for a crime that he did not commit.

"Mr. Laparra-Martinez and his family were in a particularly difficult situation," Antkowiak said. "Their own government had persecuted them at every turn and they were stigmatized in their community. No one believed that he was framed by police. But his family, especially his wife, Rosa, and his daughter Rocío, are incredibly strong and committed people. They have suffered so much, but never gave up."

The case has been years in the making. Antkowiak has been to Mexico many times, meeting Laparra-Martínez in prison and visiting his family. In 2008, Antkowiak and his clinic students began international litigation, which included students drafting a petition to the Inter-American Commission on Human Rights, in Washington, D.C.

"Mr. Laparra-Martínez was singled out by judicial police because he was an easy target. Powerless and poor, his arrest would cause no objection and would provide authorities an effortless conviction," Antkowiak said. "Coerced testimony is often permitted by Mexican courts, which foments widespread torture and other abusive practices by police."

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lunes, 16 de abril de 2012

Investigan a policías en Chiapas por tortura y muerte de un hombre

ISAÍN MANDUJANO
15 DE ABRIL DE 2012 · 5 COMENTARIOS
NACIONAL

Silvia muestra a su hermano
TUXTLA GUTIÉRREZ, Chis. (apro).- Policías ministeriales de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) y municipales de Reforma –un municipio ubicado al norte de Chiapas colindante con el estado de Tabasco– son acusados de capturar, torturar y provocar la muerte extrajudicial de un hombre de 33 años a quien supuestamente confundieron con un presunto delincuente, la noche del miércoles pasado.

De acuerdo con testigos, este miércoles 11 de abril, alrededor de las 22:00 horas, policías estatales de la PGJE al mando del ministerio público Edgar Benjamín Estrada Cervantes, arribaron al domicilio de Gabriel Domínguez Escobedo a bordo de una camioneta gris y un Tsuru blanco sin placas; llegaron acompañados de policías municipales en cuatro patrullas encabezados por el comandante Aín “N”.

De forma violenta, sin orden de captura ni orden judicial para catear la casa, los uniformados estatales y municipales ingresaron al domicilio con un perro para sacar a golpes y culatazos a Domínguez Escobedo.

Según los vecinos que presenciaron la captura, los uniformados buscaban a otra persona que había pasado corriendo y se metió a un lote baldío para perderse entre arbustos y matorrales, sin embargo, aparentemente capturaron al hombre equivocado, a quien le propinaron una severa golpiza aun cuando ya estaba sometido y era trasladado a bordo de una camioneta.

Silvia Domínguez Escobedo, de 30 años, hermana de Gabriel, quien ofreció la mañana de este domingo una conferencia de prensa para dar a conocer el caso, dijo que algunos vecinos corrieron a buscarla a su domicilio donde vive con su esposo para decirle que habían capturado a su familiar y se lo habían llevado “bien golpeado”.

Silvia, quien es hermana menor del detenido, dijo que se dirigió a la comandancia municipal y a las oficinas de la PGJE en ese municipio pero que nadie le supo dar el paradero de su hermano. Finalmente alguien le dijo que por las heridas, éste había sido llevado al centro de salud.

Al llegar al lugar, un médico le dijo que en efecto había sido ingresada una persona que fue llevada por los policías estatales y municipales en calidad de herido, sin embargo éste ya estaba muerto, pero que pasara a identificarlo por si acaso era el pariente que buscaba.

Al ver el cuerpo, Silvia relata que soltó el llanto pues, en efecto, el hombre de bigotes, acostado en la camilla, con el torso desnudo, sólo con calcetines y una bermuda a cuadros rota, con una trusa roja visible, era su hermano Gabriel Domínguez Escobedo, de 33 años. Todo su cuerpo tenía moretones y rasguños de perro.

Además del ministerio público Edgar Benjamín Estrada Cervantes, quien encabezó el operativo, Silvia asegura que los vecinos identificaron al comandante Aín “N” como el que dirigía a los municipales; entre estos uniformados del ayuntamiento municipal se encontraban Ángel Osorio, Daniel de la Cruz Villegas, Jesús Alberto Álvarez Acosta, Juan Antonio Castro Celaya y Paulino Izquierdo Alfaro.

Dice que durante el cateo fue Izquierdo Alfaro el que bajó de una patrulla municipal con un perro –del que no se sabe la raza– y se lo soltó a su hermano para que lo mordiera.

Los médicos le explicaron a la mujer que nada pudieron hacer para intervenir a Gabriel, pues policías municipales y estatales lo ingresaron muerto por el área de emergencias.

De acuerdo con los testimonios recogidos por Silvia, la muerte de su hermano se produjo por la golpiza que le dieron en menos de media hora desde que éste fue detenido en su domicilio, pues no fue llevado a los separos de ninguna corporación policiaca sino directamente al centro de salud.

Domínguez Escobedo fue trasladado al Servicio Médico Forense, donde se le hizo la autopsia. El médico legista le encontró dos costillas rotas, mismas que se le incrustaron en los pulmones y al parecer le ocasionaron la muerte.

También tenía varias rasguños y mordidas de perro en la mano y otras partes del cuerpo; un moretón que dibujaba una bota se reflejaba en el cuerpo del fallecido, entre otras lesiones.

La indignación por la muerte del hombre se propagó por todo el pueblo y el funeral se convirtió en una marcha de protesta el viernes pasado. Los lugareños animaron a Silvia a no quedarse callada y hacer pública la denuncia para exigir justicia por esta muerte extrajudicial.

El abogado José del Carmen González Contreras se ofreció a llevar el caso y se empezaron a hacer las gestiones para que se castigue a los responsables de este crimen y no se deje en el desamparo a Carmen “N”, la esposa del fallecido y su hija Guadalupe “N”, de ocho años y con discapacidad.

Los agentes estatales y municipales supuestamente fueron detenidos y se inició la averiguación previa pero no les han dado el número de expediente.

Lo que sí sabe, dijo Silvia, es que en el expediente no están las fotografías de las lesiones que presentaba su hermano en diversas partes del cuerpo y que las declaraciones de ella y otros testigos fueron manipuladas por los investigadores del caso.

Ayer sábado la mujer fue llamada para que acudiera a la capital del estado junto con su abogado, por lo que amigos, familiares y conocidos cooperaron para que se trasladara junto con una comisión de ciudadanos de Reforma.

Desde ayer a las 18:00 horas en que tenían la cita hasta la madrugada de hoy domingo los tuvieron en la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) pero nadie les ha dicho cómo va el proceso.

Silvia y su abogado sospechan que existen todas las condiciones y evidencias de que desean darle carpetazo al asunto, pues ya la averiguación previa está alterada y los implicados en la muerte de su hermano podrían quedar en libertad.

La mujer pidió al gobernador Juan Sabines Guerrero intervenir y que se aplique la Ley Estatal para Prevenir y Sancionar la Tortura.

Silvia dijo temer por su vida y su seguridad, así como la de su familia, sus testigos y su abogado porque los policías municipales en Reforma han tenido mala conducta en sus acciones y que en la PGJE se están dando todas las condiciones para liberar a los uniformados.

“Nos quieren cansar, nos quieren desgastar, quieren que nos fastidiemos y dejemos de exigir justicia”, afirmó.

Domínguez Escobedo dijo que el asesinato de su hermano a mano de los policías estatales y municipales fue la gota que derramó el vaso en ese lugar, donde ha habido una serie de abusos, detenciones arbitrarias y encierros injustos, fue por eso que la indignación se generalizó.

Incluso, agregó, le han ofrecido apoyo económico para que lleve hasta las últimas consecuencias la denuncia y si tiene que viajar al centro del país y buscar otros medios y organismos de derechos humanos, todo el pueblo se ha unido para cooperar.

martes, 27 de marzo de 2012

HRW ve riesgo de retroceso en lucha contra la tortura

José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch (HRW) alertó que en México “existe el riesgo de un retroceso grave en la lucha contra la tortura”, ya que el proyecto del nuevo Código Federal de Procedimientos Penales (CFPP) incluye disposiciones “que abren la puerta” a que las pruebas obtenidas mediante esta práctica o a través de violaciones a derechos humanos sean validadas en procesos judiciales, por lo que urgió a los legisladores a no aprobar la norma en los términos planteados. 

Un centenar de organizaciones civiles mexicanas como el Centro Prodh, apoyadas también por Amnistía Internacional, se sumaron al rechazo del proyecto, en concreto al artículo 291 que prevé excepciones “inadmisibles” a la aceptación de pruebas que se obtengan a través de violaciones a las garantías, pues su redacción es ambigua y establece criterios que en los hechos permitirían que evidencias obtenidas de forma ilícita pudieran ser al final válidas en un juicio. 

En el documento el Artículo 290 sobre “Licitud probatoria”, se indica con claridad que “no tendrá valor alguno la prueba obtenida mediante torturas, amenazas o violación de los derechos humanos de las personas”; aunque también se incluye el Artículo 291 relativo a la “Nulidad de prueba ilícita”, en el que se plantea que “cualquier dato o prueba obtenidos con violación de los derechos humanos será nulo”. 

Sin embargo, también establece excepciones. No se considera violatoria de derechos humanos, aquel dato o prueba que cubra cualquiera de los siguientes requisitos: “Provengan de una fuente independiente, es decir, cuando su naturaleza sea autónoma de la prueba considerada como ilícita y se puede llegar a ella por medios legales sin que exista conexión entre éstas; exista un vínculo atenuado, o su descubrimiento sea inevitable, en virtud de que aún y cuando haya resultado de una prueba ilícita, habría sido obtenida por otros medios probatorios a los que le dieron origen”. 

En entrevista con EL UNIVERSAL, Vivanco sostuvo que aprobar estas disposiciones representaría una “contrarreforma”, es incongruente con los cambios constitucionales de 2010 en materia de derechos humanos, pues este artículo “es de una gran ambigüedad, genera confusión, es una carta abierta a la aplicación discrecional de criterios por parte de la autoridad para determinar cuándo una prueba obtenida mediante tortura o violación de los derechos humanos se convierte en válida”. 

Vivanco expuso que es lamentable que los esfuerzos jurídicos empeñados por México desde la década de los 90 en materia de derechos humanos enfrenten este retroceso, peor aún cuando en la práctica en México sigue existiendo la tortura como método de “investigación” para la persecución del delito.

El penalista Jesús Robles Maloof coincidió que en el texto hay ambigüedades que permitirían, sin duda, que pruebas obtenidas mediante tortura o trasgresión de garantías sean al final admitidas como válidas.

sábado, 24 de marzo de 2012

Artículo de Opinión

Reformas al Código de Justicia Militar
Miguel Concha
Ha trascendido que el próximo miércoles se discutirá en las comisiones de Justicia y Gobernación del Senado una propuesta de reforma al Código de Justicia Militar y otros ordenamientos jurídicos que le están relacionados, presentada por el senador panista por Baja California, Alejandro González Alcocer.
Tiene entonces que tomarse seriamente en cuenta el memorando informativo que le hicieron llegar oportunamente a esa instancia los centro de derechos humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Prodh) y Tlachinollan, en el que señalan de manera fundada y motivada los elementos que forzosamente debe incluir una modificación al artículo 57 de ese código, añadiendo incluso expresamente una fracción III a partir de las cuatro sentencias emitidas a ese respecto contra el Estado mexicano por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) desde noviembre de 2009.
En un comunicado emitido el pasado jueves por ambas organizaciones, se recuerda que el 4 de octubre de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la que se determina que las sentencias de la CIDH dictadas en los casos en que el Estado mexicano haya sido parte en algún litigio ante ese órgano de justicia internacional, son obligatorias para todos los poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), y que sobre todo es aplicable a la obligación de acotar los alcances del fuero militar en México, de tal modo que éste nunca conozca de casos de violaciones a derechos humanos o delitos cometidos contra civiles. Por ello, en su comunicado expresan preocupación por la información difundida en algunos medios de comunicación, según la cual existe la propuesta de reformar el Código de Justicia Militar mediante la creación de tribunales especiales (civiles), a los que se facultaría para conocer casos de violaciones a garantías fundamentales cometidas por soldados, ya que ello resultaría violatorio del derecho a la igualdad de todos los mexicanos ante la ley; estaría en contra del artículo 13 constitucional, que prohíbe los tribunales especiales, e incumpliría lo dispuesto por la CIDH, que ha sido clara en establecer que las transgresiones a los derechos humanos deben ser conocidas por la justicia ordinaria.
En congruencia con todo ello, exigen reformar el artículo 57 del Código de Justicia Militar, añadiendo una fracción III que garantice, en primer lugar, que en todos los casos presuntamente violatorios de derechos humanos, en los que en los términos de los tratados internacionales que México ha firmado y ratificado estén involucradas con carácter de pasivas personas civiles, sean exclusivamente competentes para la investigación y el juzgamiento el Ministerio Público de la Federación (MPF) y los tribunales ordinarios, sin que bajo ninguna circunstancia pueda operar la justicia militar. Y que en segundo lugar ordene que siempre que el Ministerio Público Militar tenga conocimiento de la probable comisión de un acto ilícito presuntamente constitutivo y de una violación a derechos humanos, por medio de una denuncia, querella o de las primeras diligencias practicadas en la investigación de un delito, inmediatamente y sin demora deberá remitir la averiguación previa correspondiente al MPF mediante el acuerdo respectivo, sin realizar más actuaciones que las que estrictamente sean necesarias para preservar la evidencia y resguardar a las víctimas.
En su comunicado, las organizaciones civiles de derechos humanos también recuerdan que el 18 de octubre de 2010, el Ejecutivo federal presentó una iniciativa de reforma al Código de Justicia Militar, proponiendo acotar parcialmente el fuero castrense, eliminando su competencia exclusivamente en los casos de desaparición forzada, violación y tortura, y excluyendo las ejecuciones extrajudiciales, detenciones arbitrarias y otros abusos. Pero que en virtud de ello la CIDH reiteró en su resolución del caso de los campesinos ecologistas Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera, que la jurisdicción militar no es fuero competente para investigar y, en su caso, juzgar y sancionar a los autores de alegadas vulneraciones de derechos humanos, y que esta conclusión aplica no sólo para casos de tortura, desaparición forzada y violación sexual, sino a todas la violaciones de derechos humanos.
Fue por ello que el pasado 9 de diciembre, el Ejecutivo federal dio órdenes expresas para que se pusieran a disposición del Senado elementos para enriquecer su iniciativa y armonizarla con la resolución de la Suprema Corte arriba mencionada. Ordenó igualmente a las fuerzas armadas encontrar la manera de remitir al fuero civil casos de transgresiones a las garantías fundamentales, las que por cierto no han venido haciendo ningún caso, porque según ellas todavía no ha sido reformado por el Legislativo el artículo 57 del Código de Justicia Militar.
Lamentablemente –en nuestra opinión–, la propuesta del senador González Alcocer tampoco se ajusta a los parámetros internacionales establecidos por la CIDH y exigidos por la SCJN pues, en primer lugar, el bien jurídico protegido en la fracción II de ese artículo no debe ser la disciplina militar, sino los derechos humanos, y como lo señalamos en la anterior propuesta de reforma del Ejecutivo, las actuaciones del Ministerio Público Militar no deben contar en estos casos en las averiguaciones que lleve a cabo el MPF, y menos en las diligencias y resoluciones de los jueces ordinarios. Ello sin hablar de otras prerrogativas anticonstitucionales que se pretende otorgar a las fuerzas armadas en esa propuesta de reforma.
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martes, 20 de marzo de 2012

CIDH condena asesinato de defensora de derechos humanos en México

20 de marzo de 2012
Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena el asesinato de Agnes Torres Sulca, persona trans y defensora de los derechos humanos de personas lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales (LGTBI) en México.
Según la información recibida por la CIDH, Agnes Torres Sulca contribuía con diversos colectivos y entre otras acciones de reivindicación de los derechos de personas LGTBI, participó en la promoción de iniciativas de ley ante el Congreso de Puebla, México. La información recibida indica que su cuerpo fue encontrado el 10 de marzo de 2012 en Puebla con signos de presuntas quemaduras.
La CIDH recuerda que es obligación del Estado investigar de oficio hechos de esta naturaleza y sancionar a los responsables. Las defensoras y defensores de las organizaciones que promueven y defienden los derechos de las personas LGTBI desempeñan un rol fundamental en la región, tanto en el control social del cumplimiento de las obligaciones estatales como, en general, en el proceso de promoción de los derechos humanos de las personas LGTBI.
En el Segundo Informe sobre la Situación de las Defensoras y los Defensores de Derechos Humanos en las Américas, la CIDH destacó la gran cantidad de información recibida sobre asesinatos, amenazas y criminalización de las actividades de defensores y defensoras de las personas LGTBI, así como sobre la ausencia de un enfoque diferenciado para la investigación de las violaciones de sus derechos humanos. En este sentido, el informe señala que un obstáculo frecuente en la región para la debida investigación y sanción de los responsables de crímenes cometidos en contra de personas LGTBI es que suelen clasificarse como crímenes pasionales, y no se abren líneas lógicas de investigación que tengan en cuenta si el delito fue cometido en razón de la identidad de género u orientación sexual de la víctima.
Adicionalmente, la CIDH reitera que los ataques a la vida de las defensoras y los defensores de derechos humanos, cuando son cometidos en represalia a su actividad, producen un efecto amedrentador que se extiende a quienes defienden causas similares. La labor de defensores y defensoras es esencial para la construcción de una sociedad democrática sólida y duradera, y tienen un papel protagónico en el proceso para el logro pleno del Estado de Derecho y el fortalecimiento de la democracia.
En este sentido, la Comisión Interamericana insta al Estado de México a abrir líneas de investigación que tengan en cuenta si el asesinato de la señora Torres fue cometido en razón de su identidad de género y/o en razón de su labor de defensa de los derechos humanos de las personas LGTBI. Asimismo, la CIDH urge al Estado mexicano a adoptar en forma inmediata y urgente todas las medidas necesarias para la debida protección de los derechos humanos de las personas LGTBI y de quienes defienden sus derechos.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
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Uruguay reconoce su responsabilidad por crímenes de la dictadura

El acto fue ordenado por la sentencia de la Corte Interamericana en el Caso Gelman
20-03-12

Montevideo, Uruguay- 20 de marzo de 2012- El próximo 21 de marzo el Presidente de Uruguay José Mujica reconocerá públicamente en nombre del Estado uruguayo la responsabilidad, por la desaparición forzada de María Claudia García Iruretagoyena de Gelman y el nacimiento en cautiverio de su hija Macarena Gelman, durante la dictadura militar uruguaya en el marco de la coordinación represiva regional conocida como Plan Cóndor­­. El Estado también reconocerá el obstáculo a la justicia que representó la vigencia de la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado.

El acto de reconocimiento, que tendrá lugar en el recinto de la Asamblea General del Parlamento y contará con la presencia del poeta Juan Gelman y su nieta Macarena, el Presidente José Mujica, el Canciller Luis Almagro, altas autoridades, familiares, sobrevivientes y miembros de la sociedad civil y la ciudadanía, fue ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en su sentencia del 24 de febrero de 2011.

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), organización que litigó el caso ante la Corte IDH en representación de Macarena y Juan Gelman, destaca la importancia del reconocimiento público que realizará el Estado. El mismo debe ser considerado un paso en el inequívoco camino que debe conducir a la verdad, la justicia y la reparación respecto del caso Gelman y de las múltiples violaciones a los derechos humanos que ocurrieron durante la última dictadura militar en Uruguay.

En palabras de Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva de CEJIL: “El caso Gelman marca un hito en la búsqueda por la justicia y la verdad en Uruguay respecto a las graves violaciones de derechos humanos que se dieron en el contexto de las dictaduras del Cono Sur. Anhelamos que el acto de reconocimiento de responsabilidad del Estado sirva de impulso definitivo para esclarecer el paradero de María Claudia y condenar a los responsables de éste y otros crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura uruguaya que continúan en la impunidad. Asimismo, esperamos que este hecho político aliente la determinación de trabajar por la justicia y la verdad de otros países de nuestro continente que aun tienen importantes cuentas pendientes frente a las atrocidades cometidas en el pasado reciente, como en los casos de Brasil y El Salvador, entre otros.”

El mismo día 21 de marzo por la mañana se inaugurará una placa en memoria de María Claudia y de las víctimas del terrorismo de Estado detenidas ilegalmente en el Centro de Altos Estudios Nacionales (CALEN), una institución militar que funcionaba como centro clandestino de detención durante la dictadura. Estas instalaciones fueron recientemente destinadas al funcionamiento de la Institución Nacional de Derechos Humanos.

Contactos en Montevideo
Ariela Peralta
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domingo, 18 de marzo de 2012

Artículo de Opinión

Desaparición forzada de personas en México
Miguel Concha

El pasado miércoles se presentó en Ginebra el informe del Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias (GTDFI), que visitó México entre el 18 y el 31 de marzo de 2011. En él se confirma que en el contexto de violencia que se vive en el país, la desaparición forzada ha vuelto a ser un patrón recurrente, dada la poca voluntad de las autoridades para reconocer el problema, y su incapacidad para investigarlo y sancionarlo debidamente. Para este mecanismo internacional de protección a los derechos humanos, miles de personas han desaparecido a consecuencia de las incursiones de los cárteles de la droga, que mantienen continuos enfrentamientos entre sí por el control de territorios y las rutas del narcotráfico, pero también por efectivos del Ejército y la Marina, que han sido igualmente señalados como culpables de este delito.
Como sintetizaron el pasado 27 de febrero la Organización Mundial contra la Tortura, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, y la Asociación de Familiares de Detenidos, Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos en México, en una exposición distribuida entre los integrantes del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU), es claro el patrón común a todos los casos de desaparición forzada en que las víctimas son detenidas arbitrariamente por militares o policías. “Regularmente –afirman– este tipo de detenciones no son registradas por las fuerzas militares que las llevan a cabo, y las personas no son puestas inmediatamente a disposición del Ministerio Público, como manda la ley.
“En aquellos casos en que los familiares acuden a las autoridades militares para conocer sobre el paradero de la persona detenida –añaden–, les es negado cualquier tipo de información, a pesar de que en algunos de ellos existan denuncias ante autoridades competentes.
“En muchos casos –agregan–, los funcionarios públicos intimidan a las familias sugiriendo que debe haber alguna causa por la que sus familiares fueron desaparecidos, tal como el involucramiento con bandas de delincuencia organizada.
“Este tipo de tratamiento –se afirma finalmente– es seguido por una negativa a investigar, en donde incluso en muchas ocasiones el propio Ministerio Público llega a recomendar que no se presenten denuncias formales.”
Entre las causas estructurales que propician la multiplicación de este delito, el GTDFI señala las inconsistencias en su definición jurídica, en relación con la Declaración de la ONU sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas y otros instrumentos internacionales relevantes, así como el hecho de que la gran mayoría de los estados no lo hayan tipificado como un delito autónomo; la falta de una ley general que regule todos los aspectos de la desaparición forzada; la ausencia de una coordinación vertical y horizontal entre las autoridades federales, estatales y municipales para perseguirlo y sancionarlo; la intervención de las fuerzas armadas en labores de seguridad pública; el fuero militar en los casos en que están involucrados miembros de las fuerzas armadas; la falta de un marco regulatorio y de protocolos sobre el uso de la fuerza por parte de los cuerpos de seguridad; los conceptos de “cuasi-flagrancia” y “flagrancia equiparada”, que permiten a cualquier persona detener a otra varias horas e incluso días, después de la comisión de un delito; la figura del “arraigo”, cuando una persona es investigada por delitos graves o bajo la sospecha de estar vinculada al crimen organizado, y las insuficiencias en la integración y empleo del registro de detención de personas.
A lo que hay que añadir problemas respecto de la búsqueda de personas desaparecidas, la identificación de restos, la exhumación de cadáveres, la carencia de una base de datos centralizada sobre personas desaparecidas, y la falta de acceso a la información relacionada con esos casos. Por todo ello el GTDFI hizo al Estado mexicano 33 recomendaciones, entre las que destaco sólo las siguientes:
1) Reconocer la dimensión del problema y no minimizarlo. 2) Lograr que el delito de desaparición forzada se tipifique como delito autónomo en todos los códigos penales de la República, y que se apruebe una ley general sobre desapariciones forzadas. 3) Garantizar la armonización de la definición de desaparición forzada en la legislación penal con la establecida en la declaración y otros instrumentos relevantes de derechos humanos. 4) Considerar en el corto plazo el retiro de las fuerzas armadas en labores de seguridad pública.
5) Eliminar de la legislación y la práctica la detención mediante arraigo a escalas federal y estatal. 6) Garantizar la jurisdicción de los tribunales civiles en todos los asuntos relacionados con violaciones graves de derechos humanos, aunque el perpetrador sea miembro de las fuerzas armadas. 7) Establecer protocolos para regular el uso de la fuerza conforme a los principios de necesidad, racionalidad, proporcionalidad y legalidad. 8) Fortalecer el registro de detención, para garantizar que sea permanentemente actualizado y armonizado con otras bases de datos, a fin de monitorear la localización física de las personas detenidas. 9) Crear un órgano independiente e imparcial que sirva como instancia especializada para la búsqueda de personas desaparecidas, que entre otras funciones se encargue del resguardo y protección de las muestras de ADN de aquellos familiares que otorguen su consentimiento para ello, con el fin de crear un banco útil para la búsqueda y registro de los casos de desaparición forzada.
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jueves, 15 de marzo de 2012

Denuncia penal contra militar por desapariciones forzadas de la dictadura brasileña es un hito histórico en la búsqueda de justicia

Se inicia un proceso de búsqueda de justicia determinado por la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de la Guerrilla de Araguaia

Washington D.C y Río de Janeiro, 14 de marzo de 2012 - El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) expresa su satisfacción por la denuncia penal interpuesta por fiscales brasileños contra el militar Sebastião Curió Rodrigues de Moura por el secuestro de cinco de los desaparecidos de la Guerrilla del Araguaia. Representa un importante avance en la búsqueda de la justicia por los graves crímenes cometidos por agentes públicos y privados en nombre de la represión militar en Brasil. Estos crímenes permanecen en la impunidad desde hace más de treinta años debido a una interpretación de la ley de amnistía de 1979.

La denuncia penal interpuesta hoy se da 15 meses tras la notificación de la sentencia internacional en el caso conocido como “Guerrilha do Araguaia” litigado por CEJIL, el Grupo Tortura Nunca Más-RJ y la Comisión de Familiares de Muertos y Desaparecidos Políticos. La denuncia de hoy busca obtener justicia en el caso de cinco de las víctimas directas e individualizadas en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos notificada en diciembre de 2010.

Cabe recordar que la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Brasil por la desaparición forzada de más de 60 víctimas y por la total impunidad de estos crímenes, pidiendo que se realice la investigación penal de los hechos ocurridos para determinar las correspondientes responsabilidades y la efectiva aplicación de las sanciones previstas en Ley. Ordenó así al Estado brasileño que adecuara sus prácticas y acciones a los parámetros internacionales para garantizar la realización de la justicia y de la verdad.

Teniendo en cuenta esta decisión, numerosos familiares de las víctimas de Araguaia presentaron solicitudes a la Fiscalía para la investigación de los hechos y de los responsables por las desapariciones forzadas de sus parientes. Posteriormente la Fiscalía ha establecido un grupo de trabajo sobre crímenes cometidos bajo la dictadura.

CEJIL también felicita a los familiares de los muertos y desaparecidos políticos por entender este avance en la búsqueda por la justicia como la consecuencia de su valentía y su lucha incansable.

Varios países de América Latina llevan tiempo rindiendo cuentas para saldar sus deudas históricas. Ya iniciaron investigaciones, realizaron juicios y, actualmente, muchos perpetradores de crímenes acometidos en las dictaduras militares y conflictos armados fueron condenados y están respondiendo por sus acciones.

En el contexto de Brasil, este avance va a depender de una respuesta del Poder Judicial adecuada a los parámetros internacionales, sin imposición de trabas para la tramitación de la denuncia criminal y el acceso de los familiares de los muertos y desaparecidos políticos a la justicia.

Las autoridades judiciales brasileñas tienen hoy la responsabilidad de decidir el camino que Brasil adopte frente a esas violaciones graves y continuadas, considerando que la Corte determinó que las disposiciones de la Ley de Amnistía, así como las disposiciones de prescripción y el establecimiento de exclusión de responsabilidades “no pueden seguir representando un obstáculo para la investigación de los hechos del presente caso, ni para la identificación y el castigo de los responsables, ni pueden tener igual o similar impacto sobre otros casos de graves violaciones de derechos humanos consagrados en la Convención Americana  ocurridos en Brasil”.

En este sentido, Viviana Krsticevic Directora Ejecutiva de CEJIL sostuvo que “la interposición de la denuncia penal es fundamental para garantizar que no haya crímenes contra la humanidad que queden impunes bajo justificación política o jurídica alguna. Una vez que los fiscales han dado este importante paso, es la judicatura quien tiene que demostrar su valentía y su compromiso con la verdad y la justicia permitiendo que prosperen las investigaciones penales.”

“Es fundamental que el Estado brasileño de continuidad a ese proceso y garantice que, todos los responsables materiales e intelectuales de los graves crímenes promovidos por la dictadura militar en Brasil, sean investigados y procesados para la consolidación de la democracia en el país”, agregó Beatriz Affonso, directora para el programa del CEJIL en Brasil.

Contacto en Brasil
Beatriz Affonso
Natália Frickmann
Tel: 55 (21) 2533-1660
brasil@cejil.org
http://www.cejil.org/

Contacto en EEUU
Milli Legrain
Tel 1-202- 319 3000
mlegrain@cejil.org

martes, 13 de marzo de 2012

Justicia guatemalteca avanza con la condena de quinto ex militar en el caso de la masacre de Las Dos Erres

Cuatro ex militares habían sido condenados en agosto del año pasado

Ciudad de Guatemala y San José, 13 de marzo de 2012 – Guatemala consiguió un avance en la lucha contra la impunidad por la condena anunciada ayer contra Pedro Pimentel Ríos, ex subinstructor de la fuerza especial Kaibil, señalado como uno de los responsables por la masacre en la aldea de Las Dos Erres, perpetrada en diciembre de 1982. La decisión del Tribunal Primero B de Mayor Riesgo es un paso más en el cumplimiento de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 24 de noviembre de 2009.

La Asociación Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Guatemala (FAMDEGUA) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), representantes de las víctimas ante el tribunal interamericano, valoran muy positivamente el resultado del proceso.

En su sentencia, la Corte Interamericana había ordenado al Estado “utilizar los medios que sean necesarios, de acuerdo con su legislación interna, para conducir eficazmente las investigaciones con el fin de individualizar, juzgar y eventualmente sancionar a los responsables de los crímenes cometidos en el Parcelamiento de Las Dos Erres”.

Pimentel fue condenado por los asesinatos de 201 personas y delitos “contra los deberes de humanidad”. El tribunal guatemalteco le impuso una pena de 6.060 años de prisión, pero deberá purgar un máximo de 50 según la legislación nacional.

En julio del 2011, el ex militar había sido deportado por la Oficina de Inmigración y Aduanas de Estados Unidos para que enfrentara los cargos penales debido a su señalamiento en la participación en la masacre. La audiencia en su contra empezó el pasado 23 de febrero. En agosto del año pasado otros tres subinstructores y un teniente de la fuerza especial Kaibil habían sido condenados por los mismos delitos. Aquella fue la primera vez que un tribunal guatemalteco condenaba a miembros de la fuerza Kaibil.

FAMDEGUA y CEJIL valoran el accionar de las autoridades judiciales en este caso. El Estado debe continuar con estos procesos y garantizar que todos los responsables materiales e intelectuales de la masacre sean identificados y procesados, tal como lo ordenó la sentencia de la Corte IDH. Al igual que lo expresaron en agosto pasado, FAMDEGUA y CEJIL consideran que la sanción de todos los responsables en el caso de la masacre de Las Dos Erres es la única acción válida para que las víctimas y sus familiares puedan tener, al menos, alguna reparación por estas graves violaciones a los derechos humanos.

Hechos del caso

La masacre de Las Dos Erres fue una de las 626 masacres perpetradas por el Ejército guatemalteco durante el gobierno de facto de Efraín Ríos Montt.

Los hechos ocurrieron durante tres días (6, 7 y 8 de diciembre de 1982), cuando miembros de la fuerza especial Kaibil ingresaron a Las Dos Erres, ubicado en el departamento de Petén, acompañados por un pelotón de aproximadamente 40 soldados. Allí, sometieron a los habitantes a torturas y malos tratos. Muchas de las mujeres, incluyendo niñas, fueron violadas sexualmente y más de doscientas personas fueron asesinadas.

sábado, 10 de marzo de 2012

Tribunal Permanente de los Pueblos realiza preaudiencia sobre violencia de género y femenicidio

Natasha Pitts
Periodista de Adital
Adital
 
En los días siete y ocho de marzo, el Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP) Capítulo México – Chiapas realizó su primera preaudiencia temática de 2012, cuyo tema abordado fue "Violencia de género y femenicidios”. Durante el juicio, se presentaron ocho casos emblemáticos –regionales y nacionales– de violencia contra la mujer, que van a ser incluidos en la audiencia nacional sobre el tema.

Estuvieron presentes como juradas las feministas Alda Facio, Edda Gabiola, Jules Falquet, Pilar Noriega, Sara Dalila Mux Mux, Sylvia Marcos, Mariana Mora, Teresa Pérez y Morna Macleod que dieron su veredicto sobre los casos de: Femenicidio y violencia familiar en Ocosingo; Violación por militares en Altamirano; Incumplimiento de sentencia en Comalapa; Acusación dolosa, tortura y prisión injusta; Violencia doméstica, intrafamiliar, custodia y sustracción de menores; Violencia familiar, prisión injustificada por homicidio del cónyuge; Pobreza, achicamiento de recursos alimentarios y políticas públicas inmovilizantes y expropiación de tierra en Chimalapas.

Después de tomar conocimiento de los casos y escuchar a los testigos, las juradas y juezas pronunciaron el veredicto final en el que reconocen la gravedad de la violencia de género existente en México y convocan al Estado a cumplir con sus responsabilidades.

En la sentencia de la preaudiencia, se reconoció que la violencia en el país ocurre de manera articulada y "es parte de un sistema discriminador, patriarcal, racista y capitalista neoliberal”. Otra constatación fue que la violencia de género afecta, en especial, a las mujeres indígenas y campesinas de Chiapas que enfrentan la extrema pobreza, problema que afecta desproporcionadamente a mujeres de varias culturas y ocasiona la privación sistemática y grave de los derechos humanos.

La responsabilidad de la recurrencia de los casos de violencia y femenicidio contra las mujeres recae en el Estado mexicano, que según la sentencia del TPP "es omiso en sus obligaciones de garantizar el respeto, el gozo y el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, en especial de las mujeres de los pueblos originarios”.
Además, se identificó que no existen medidas adecuadas para cumplir la obligación del Estado de investigar y denunciar a quienes practican violencia contra la mujer, así como inexisten medios para proteger a las mujeres y prevenir la perpetuación de los casos de violencia de género en el país.

Las juradas y juezas detectaron algo que hay en común en los casos presentados, que es la persistencia de fuertes estereotipos de estigmatización de género clasista y racista y citaron además nuevas formas de violencia contra la mujer, como la violencia policial carcelaria, desplazamiento y migración forzada, situaciones en las que reina la impunidad.

Tribunal Permanente de los Pueblos

El TPP, a pesar de utilizar las características de un juicio, no tiene influencias jurídicas. Su realización es considerada una herramienta de denuncia pública que busca dar visibilidad a las violaciones masivas de derechos humanos individuales y colectivos y a los derechos de los pueblos, cuando éstos no encuentran justicia en las instituciones nacionales e internacionales.

Después de examinar las causas de la violación de los derechos fundamentales, el TPP se pronuncia informando si los derechos fueron o no violados. Si las violaciones fueron verificadas, los autores son denunciados ante la opinión pública internacional.

Realidad mexicana

México tiene un grave historial de violaciones a los derechos humanos de las mujeres y presenta un alto número de femenicidios. Un estudio de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), publicado el año pasado, revela que de 1985 a 2009 fueron cometidos 34.176 delitos contra mujeres en el país. En 2009 se registró la mayor cantidad de delitos, lo que evidencia que el problema está agravándose con el pasar de los años. Además, también ha crecido la brutalidad de los delitos. La mayor parte de las mujeres tienen entre 15 y 29 años y es victimada, generalmente, por ahorcamiento, estrangulamiento, sofocamiento, ahogamiento o inmersión.

En el intento por contener esta tendencia, la diputada federal Leticia Quezada solicitó, a comienzos de este mes, a la Secretaría de Gobierno, que se realice un alerta por los asesinatos de mujeres en México.

martes, 28 de febrero de 2012

Palabras de agradecimiento de Amanda Laparra

Palabras de Ananías Laparra a organizaciones y medios de comunicación

Comunicado de prensa

28 de febrero de 2012

La Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Seattle logra la liberación del señor Ananías Laparra Martínez, preso injustamente en Chiapas, México

El martes por la mañana, representantes del gobierno federal y funcionarios del Estado de Chiapas, al sur de México, liberaron al señor Ananías Laparra Martínez. El señor Laparra, de 63 años de edad, estuvo encarcelado injustamente por mas de 12 años cumpliendo una condena por un crimen que no cometió.

En octubre de 1999, la policía de Chiapas detuvo ilegalmente al señor Laparra Martínez y lo torturó severamente.  También torturó a su hijo de 14 años de edad delante de el, y a su hija de 16 años, amenazándola con violarla. Bajo estas extremas condiciones y sin saber leer ni escribir, con la complicidad del Ministerio Público, fue forzado a firmar una declaración autoinculpatoria, confesando un crimen que no cometió. A pesar de las reiteradas denuncias de tortura realizadas por el señor Laparra desde la primera oportunidad que tuvo de estar frente a un juez, fue condenado a más de 28 años de prisión. La confesión obtenida bajo tortura fue la prueba principal de su condena, aceptada por los jueces mexicanos con base en el principio de inmediatez procesal.

El señor Laparra Martínez era un blanco fácil para la policía y el Ministerio Público. De escasos recursos económicos y sin instrucción, su detención no sería objetada y dotaría a las autoridades de una condena sin mayores esfuerzos de investigación. El Director de la Clínica de Derechos Humanos, profesor Thomas Antkowiak, señaló que “este caso representa una dura realidad en México: el uso sistemático de la tortura y coerción como método de investigación por parte de la policía y el Ministerio Público y la aceptación de prueba coaccionada por parte del poder judicial”. Esta práctica sistemática ha sido reconocida y reprochada por numerosos organismos internacionales, solicitando a México que realice cambios estructurales.

Un momento decisivo en la historia de este caso fue la presentación por parte de la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Seattle, Estados Unidos, de una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en Washington D.C. Varios estudiantes de derecho participaron en el extenso análisis del expediente, la preparación y el seguimiento del caso ante la CIDH.  La Comisión Interamericana ordenó al Estado de México que implementara medidas adecuadas para dotar de evaluación y tratamiento médico para proteger las delicada situación de salud en que las condiciones de detención lo habían colocado. “La decisión de la Comisión Interamericana se transformó en una herramienta trascendental para generar una espacio de negociación con oficiales del gobierno local y federal sobre el caso de Ananías Laparra”, dijo Alejandra Gonza, abogada representante en el caso. Después de un intenso período de negociaciones y reuniones y con la adopción el pasado viernes de medidas cautelares del Consejo Estatal de Derechos Humanos de Chiapas a favor de la concesión de la libertad del señor Ananías Laparra, la Mesa de Reconciliación procedió a su liberación el día de hoy, bajo la figura de sentencia suspendida.

Para llegar a este punto en el caso ha sido fundamental el apoyo de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, y la incondicional representación legal del abogado mexicano de la familia Laparra Martínez, Ricardo Lagunes Gasca, con los cuales la Clínica pudo consolidar el día de hoy la libertad del señor Ananías Laparra Martínez.

La Clínica y todo el equipo  de abogados y organizaciones que los apoyan continuarán trabajando en representación de la familia Laparra Martínez para que el Estado de México le otorgue una reparación integral por las graves violaciones a los derechos humanos perpetradas desde 1999. Estos esfuerzos incluirán el litigio pendiente ante la Comisión Interamericana, así como iniciativas entabladas ante autoridades estatales y federales.